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Se ha actualizado la información: 22/01/2016

Recaudación de pagos en puntos de venta

Definciones

Acuerdo GeneralAcuerdo general de servicios de pago, condiciones de las cuales se aplican al comerciante.

Instrumento de pago – cualquier instrumento de pago que el Sistema permita vincular a la cuenta Paysera y efectuar transferencias de pago con la ayuda de este instrumento de pago.

Comerciante – el Cliente del Sistema Paysera que vende bienes y servicios y utiliza uno o más servicios de recaudación de pagos para Comerciantes indicados en el Sistema y provistos por Paysera.
(*Explenación: Cuando se aplican las cláusulas del Contrato general de servicios de pago para todos los Clientes - tanto Comerciantes como otros Clientes - se utiliza el término "Cliente" y cuando las disposiciones del Acuerdo General de Pagos se aplican únicamente a los Comerciantes, usado).

Dispositivo del comerciante – dispositivo del Comerciante para aceptar pagos, donde se puede instalar la solución de los instrumentos de pago vinculados a la cuenta de Paysera para aceptar pagos, soportados por el Sistema.

Comprador – el Ordenante y/o el destinatario final de los servicios prestados y las mercaderías vendidas por el Comerciante utilizando el Sistema para la recaudación de pagos.

Puntos de venta – un punto físico de prestación de servicios o venta de bienes, cuando el Comerciante vende bienes y/o presta servicios.

Proyecto – una descripción detallada de los bienes y / o servicios prestados por el Comerciante con el propósito de cobrar a los Compradores por los bienes / servicios proporcionados por el Comerciante por los métodos indicados en el Sistema.

Disposiciones generales

1. El servicio de cobro de pagos en puntos de venta físicos le brinda al comerciante la posibilidad de recaudar los pagos de los compradores a su cuenta de Paysera en el punto de venta mediante la aceptación de los instrumentos de pago indicados en el sistema.

2. Al utilizar este servicio, todas las condiciones del Acuerdo General y las condiciones adicionales establecidas en este Suplemento se aplican al Comerciante. Los términos de este Suplemento se usan en el significado indicado en el Acuerdo General.

3. Si el Comerciante es una persona jurídica, al aceptar las condiciones de este Suplemento el Comerciante confirma que tiene todos los poderes necesarios para solicitar este servicio a nombre de la persona jurídica.

Términos de Uso

4. La lista de posibles instrumentos de pago que el comerciante puede utilizar para recaudar pagos en el punto de venta de sus bienes y/o servicios están descritos aquí.

5. El método o métodos específicos de recolección de pagos que el Comerciante desea utilizar se seleccionan en la Cuenta del Comerciante al enviar el Proyecto.

6. Para usar este servicio, el Comerciante deberá presentar su país y otros documentos requeridos por Paysera en el Sistema.

7. Paysera se reserva el derecho de negarse a confirmar el Proyecto y prestar el servicio al Comerciante sin ninguna explicación.

8. El servicio se presta después de que Paysera confirme el Proyecto del Comerciante, y si es necesario para el método específico de recaudación de pagos, después de que el Comerciante realice la integración de acuerdo con las instrucciones de integración proporcionadas por Payera para cada método específico de recaudación de pagos.

9. El procedimiento de pago de cada forma de recaudación de pagos en el Punto de venta con el apoyo del Sistema se describe en las reglas del método específico de recaudación de pagos en el Punto de Venta, que están detallados aquí.

10. El Comerciante se compromete a cumplir con las reglas del método de cobro seleccionado por él..

11. El Comerciante, tras seleccionar un método específico de recogida de pagos indicado en el Sistema, se compromete a crear condiciones y permitir a los Compradores pagar con el respectivo instrumento de Pago en el Punto de Venta.

12. El Comerciante es responsable del correcto funcionamiento del dispositivo del Comerciante al deducir la cantidad pagada por el Comprador, proporcionando la cantidad exacta y realizando otras acciones previstas en las reglas del método específico de recaudación de pagos.

Procedimiento de Pago y Precio

13. Los precios de recaudación de los pagos en los puntos de venta están detallados aquí.

14. El Comerciante confirma que ha conocido cuidadosamente los precios y condiciones de recaudación de pagos, transferencias de pago y todos los servicios Paysera que se aplican y son relevantes para él.

15. El importe (comisión) que pertenece a Paysera se deduce automáticamente después de que el Comerciante reciba un pago. Si la comisión no se ha deducido durante la operación, Paysera tiene derecho a deducir la comisión más tarde.

16. El Comerciante se compromete a no aplicar ningún cargo adicional cuando los Compradores decidan pagar al Comerciante a través del Sistema y no a través de otros sistemas de pago.

17. El Comerciante realizará operaciones de pago en puntos de venta deduciendo dinero de los instrumentos de pago proporcionados por los Compradores sólo en presencia del Comprador.

18. Paysera abona cantidades que pertenecen al Comerciante por sus bienes y servicios a la Cuenta Paysera del Comerciante abierta bajo las condiciones del Acuerdo General.

19. El Comerciante acepta que Paysera pueda utilizar los ingresos o una parte de los ingresos recibidos del Comerciante por el servicio proporcionado a su discreción para pagar bonificaciones al Comprador, y será considerado como un descuento, proporcionado indirectamente al Comprador por el Comerciante.

20. El extracto de cuenta de los servicios especificados en el presente Suplemento y proporcionados al Comerciante, así como la comisión deducida, se cargarán al Sistema o, a petición del Comerciante, se enviará a las direcciones de correo electrónico indicadas por el Comerciante. El extracto de cuenta es igual a una factura de IVA emitida para servicios financieros exentos del IVA y especificada en el artículo 28 de la Ley del IVA de acuerdo con las cláusulas 18-1 de las Normas de Emisión y Reconocimiento de Documentos Contables Utilizados para el Cálculo de Impuestos, del Gobierno de la República de Lituania emitida el 29 de mayo de 2002 No. 780. A petición del Comerciante para recibir una declaración escrita firmada y sellada por Paysera, se aplicará una tasa establecida por Paysera.

Reembolsar

21. Si el Comerciante ha deducido una cantidad diferente de la indicada al Cliente, el pago aceptado a favor del Comerciante deberá ser devuelto al Comprador. Se devuelve la comisión aplicada al comerciante para la aceptación de dicho pago.

22. Si por alguna razón los fondos han sido irrevocablemente deducidos de Paysera debido a acciones del Comerciante, Paysera tiene el derecho de deducir la misma cantidad de dinero del Comerciante, y el Comerciante tiene que transferir Paysera el importe deducido de inmediato y reembolsar Paysera todos los gastos incurridos y pérdidas. Si el Comerciante no tiene una cantidad suficiente de fondos en el Sistema para cubrir todas las pérdidas, deberá transferir la cantidad de dinero faltante a la cuenta indicada por Paysera en 7 días calendario a partir de la recepción del mensaje.

Integración técnica de servicios

23. El Comerciante, que pretende utilizar el servicio de Recaudación de Pago en Puntos de Venta descrito en este Suplemento, se compromete a vincular su sistema con el de Paysera o descargar un programa necesario de acuerdo con las instrucciones proporcionadas por Paysera. En dependencia del método de cobro de pagos seleccionado por el Comerciante, Paysera proporciona instrucciones de integración o un programa necesario para cada Comerciante individualmente, o se proporcionan en el Sistema.

24. El Comerciante entiende y acepta que una integración incorrecta puede evocar cargas adicionales del Sistema, las cuales no son deseables y no pueden ser aceptables; por lo tanto, él tiene que garantizar que la conexión se llevará a cabo estrictamente de acuerdo con las instrucciones.

25. Paysera puede cambiar la solución para la integración técnica de los servicios sin restricciones y en cualquier momento. La notificación acerca de cualquier cambio que requiera correcciones en el software del Comerciante se realizará al menos con 90 (noventa) días de antelación. El Comerciante entiende que después de que Paysera cambie las instrucciones de Integración e informe al Comerciante de las mismas, el Comerciante actualizará la conexión de los sistemas a su cargo a más tardar en 90 (noventa) días desde el día del aviso. Los cambios requeridos en el lado del Comerciante se realizarán a expensas del Comerciante.

Confirmaciones y acuerdos de las Partes

26. El Comerciante se compromete a informar a los Compradores en todos los casos en que el Sistema se utilizará para efectuar los pagos y sobre la posibilidad de pagar con el respectivo instrumento de Pago.

27. El Comerciante confirma y garantiza que al prestar servicios y vender bienes a los Compradores, el Comerciante actuará con honestidad y de tal manera que satisfaga los intereses de Paysera, el Comerciante y el Comprador. El Comerciante también se compromete a proporcionar servicios y vender bienes a los Compradores apropiadamente, a tiempo y cualitativamente.

28. El Comerciante garantiza que todas las acciones del Comerciante relacionadas con la ejecución del Contrato y también los bienes vendidos y/o los servicios proporcionados por él deberán cumplir con los actos legales del estado donde se venden los bienes y se proporcionan los servicios. Toda responsabilidad por las consecuencias derivadas del incumplimiento de estas obligaciones incumbirá al Comerciante.

29. Al proveer el servicio establecido en el presente Suplemento Paysera no se hace responsable de los bienes vendidos y/o servicios prestados por el Comerciante y las consecuencias que se deriven de la venta de bienes y/o prestación de servicios. Paysera tampoco garantiza que la otra parte de la transacción formada por el Comerciante (el Comprador) cumplirá la transacción (si para poder realizar la transacción no solo se requiere el pago por bienes/servicios).

30. Las Partes (el Comerciante y Paysera) se comprometen a garantizar la correcta aplicación de los medios organizativos y técnicos destinados a la protección de los datos personales de los Compradores contra la destrucción, el reemplazo, la divulgación u otros tratamientos ilegales accidentales o ilegales,

31. Las Partes (el Comerciante y Paysera) se comprometen a no almacenar los datos de identificación de los instrumentos de pago de los compradores, asegurar la confidencialidad de los datos de identificación de los instrumentos de pago de los compradores y datos personales y garantizar que tales datos no sean conocidos por terceros, Los empleados del comerciante.

32. Paysera provee al Comerciante, utilizando los servicios de Paysera para negocios y necesidades profesionales, con la oportunidad de anunciar descripciones del Comerciante y servicios proporcionados y bienes vendidos por él / ella en el Sistema de forma gratuita durante el período de validez del Acuerdo. Paysera tiene el derecho de borrar tal descripción del Sistema o no hacer publicidad sin una advertencia aparte y sin indicar las razones de tal eliminación o no publicidad.

33. El Comerciante acepta su logotipo y descripción de los servicios prestados y/o bienes vendidos por él para ser exhibidos en el Sistema. Paysera tiene el derecho de borrar tal descripción del Sistema sin una advertencia separada y sin indicar las razones de dicha eliminación.

Actividades prohibidas

34. El Comerciante está prohibido vender productos/bienes/servicios prohibidos por la legislación y otros productos/bienes/servicios que, bajo los requisitos del país respectivo (donde se realiza el comercio), necesitan una licencia especial o un permiso, sin las licencias o permisos exigido por la legislación.

35. El Comerciante tiene la obligación de asegurarse de que los servicios suministrados/bienes vendidos por él se reúnen y no violen la legislación del país específico donde se prestan los servicios/los bienes se venden.

36. Si resulta que el Comerciante no ha cumplido o violado las limitaciones para llevar a cabo las actividades prohibidas indicadas en el Suplemento, o su actividad no ha cumplido o vulnera la legislación de un país específico y Paysera ha incurrido en pérdidas por este motivo por ejemplo, se han impuesto multas, se han requerido explicaciones, se ha rescindido un acuerdo con el operador), Paysera tiene el derecho de deducir de manera no contenciosa de la cuenta del Comerciante todos los gastos y pérdidas incurridos debido a dicha vulneración del Comerciante. Si no hay suficiente cantidad de fondos en la cuenta del Comerciante para cubrir los gastos, el Comerciante transferirá el importe de las pérdidas incurridas indicado por Paysera a la cuenta indicada por Paysera inmediatamente.

Suspensión de servicios

37. Paysera, actuando razonablemente y teniendo en cuenta los intereses del Comerciante, tiene el derecho de limitar la prestación de una parte o de todos los servicios sin previo aviso, suspender la prestación del servicio descrito en este Suplemento y/o el pago de los pagos cobrados, relaciones y negarse a prestar servicios en el futuro en cualquier momento, si resulta evidente que:

37.1. el Comerciante no cumple o viola los requisitos de la Sección "Actividades Prohibidas" de este Suplemento;

37.2. la distribución de los bienes o servicios de Merchant puede dañar la reputación empresarial Paysera;

37.3. las obligaciones del comerciante asumidas en base a este Suplemento son violados o una amenaza real aparece para ellos ser violados, o los intereses razonables de los Compradores pueden ser dañados debido a la ulterior provisión de servicios;

37.4. en todos los demás casos establecidos en el Contrato General de Servicios de Pago pertenecen al Comerciante.

38. Paysera informará al Comerciante sobre dicha limitación en la prestación de servicios inmediatamente (en una hora) y en 2 (dos) días hábiles desde la suspensión de la prestación de servicios sobre la posibilidad de devolver los fondos que pertenecen al Comerciante.

39. El propósito de las limitaciones establecidas en este Suplemento y en el Contrato General de Servicios de Pago es proteger a Paysera, Comerciantes, otros Clientes, Compradores y otras terceras personas de posibles sanciones monetarias, pérdidas y otras consecuencias negativas.

Información sobre las fallas

40. Paysera notificará por adelantado al Cliente, de conformidad con el procedimiento previsto en el Acuerdo General, sobre las fallas técnicas conocidas y potenciales del Sistema y los sistemas o equipos de terceros empleados por Paysera para la prestación de servicios que tengan repercusiones en la prestación de servicios Servicios Paysera. El Comerciante también se compromete a informar inmediatamente a los Compradores y Paysera sobre los fallos técnicos, las obras de prevención y reparación planificadas que pueden tener un impacto en la prestación de servicios del Comerciante o la venta de bienes a los Compradores.

Responsabilidad

41. La responsabilidad de las Partes queda determinada por las condiciones del Acuerdo General.

42. El Comerciante es responsable de la indicación y deducción de la cantidad exacta del instrumento de pago presentada por el Comprador.